18 Octubre 2014

ORDENES ENCUBIERTAS

Después de leer los comentarios sobre la pagina que nos ocupa, sobre Temporales y Mal Tiempo, veo que estos comentarios están tomando otros derroteros que se alejan del sentido inicial, y se dirigen hacia otros no menos interesantes, centrándose la discusión sobre la coacción que ejercen desde las Oficinas de tierra el Armador, Fletador, Cargador, sobre la actuación de los Capitanes en el sentido de tomar decisiones que no perjudiquen, con situaciones de incumplimiento de los Incoterms del Contrato de Fletamento, como no presentar el NOR en tiempo o salir de puerto con mal tiempo, a pesar de no haberse declarado cerrado el puerto por la Autoridad Portuaria, con la consiguiente situación de riesgo con la que va a encontrarse el Capitán.

Es cierto que las decisiones de batalla, en los departamentos de Operaciones de las Empresas Navieras se toman en ocasiones por gente que desconoce  totalmente la realidad del buque en su justa medida y sus circunstancias y que en lo mejor de los casos, estos cuentan con la experiencia de haberse encontrado en situaciones previas semejantes y sus actuaciónes obedecen al compromiso de cumplir con la Póliza de Fletamento, que al final, ese es su trabajo, y es por lo que les pagan.

Tengo que decir que en más de una ocasión, los marinos que hemos fondeado en las oficinas de la casa Armadora, para desempeñar cargos útiles en departamentos de flota de la Empresa, con el objeto de aprovechar la experiencia como marinos,  adquirida en relación a la explotación del buque, son o somos más exigentes que los responsables en los diferentes departamentos de Operaciones y Fletamentos y que proceden de otros estamentos, que en la mayoría de los casos, nada tiene que ver con el mundo Marítimo, por lo que al final algunas de las decisiones las tomamos en base a la experiencia y conocimiento adquirido durante los años de profesión, quiero pensar siempre que son decisiones tomadas dentro de la mejor opción, ahora me explico que en más de una ocasión en mis tiempos de mando  me venía al recuerdo el dicho que creo que conocéis " no hay mejor cuña que la hecha de la misma madera ".

También tengo que decir que en las "oficinas de tierra", hay profesionales y sin generalizar, cuya primera consideración es escuchar y no poner en duda la palabra o decisión tomada por el Capitán, que al fin y al cabo es el único en el negocio marítimo que conoce bien su buque, yo diría mejor que el Armador o que el Inspector de la Empresa que muchas veces tanto sabe, que se pierde en su sabiduría,  también es de ley, que hay que decir que hay Capitanes que con sus actuaciones dudosas, ( nadie es perfecto, solo que el Capitán es el que manda y es responsable de sus actos ) cometen lo que los marinos llamamos "Capitanadas" y ya me entendéis, a veces poco justificables, por eso se llaman así. Los marinos que leéis estas letras, sabéis como son las cosas de la mar. Yo diría que en los casos de coacción encubierta o ordenes dudosas, a que nos tienen acostumbrados en algunos casos, tenemos o tenéis los que tenéis la suerte de mandar, la ventaja de que sabemos navegar en todos los mares y sabemos cuándo hay que capear, ó moderar, y cuando dar avante toda.

Dicho esto, tenemos que tener en consideración la ordenación establecida en el SOLAS en su Capitulo V – Regla 34.1  referente a las Atribuciones y facultades discrecionales del Capitán en lo que respecta a la seguridad en la navegación, en la que dicha regla manifiesta que el Capitán no se verá obligado por el propietario del buque, Fletador, ni ninguna otra persona a tomar decisiones que a su buen juicio, menoscaben la seguridad de la Navegación, particularmente con temporal o mar gruesa.

Los comentarios que se hacen en referencia a la coacción del Armador sobre el Capitán, para salir a navegar en condiciones desfavorables desde el punto de vista del Capitán, habría que considerar la facultad que tiene el Armador sobre su buque, que en ocasiones por tener que cumplir con los términos del Contrato de Fletamento, como consecuencia el perjudicado es el Capitán, por razones obvias y que podrían determinar según el momento la pérdida de confianza del Capitán por parte del Armador, a pesar de que existen Seguros y Clubs de Protección en Indemnización que cubrirían en su medida estas pérdidas o inconvenientes. En mi opinión en cuanto que el Armador conoce la norma establecida en el SOLAS, tendrá la posibilidad de ponderar sus intenciones en cuanto a la actuación del Capitán que cumple con la reglamentación SOLAS que es de obligado cumplimiento.

Fernando Saiz -  Capitán de la M.M. -

La Coruña 18.10.2014

Comentarios recientes

05.10 | 14:38

Hola José, pues dime como?...como puedes ver en esta pagina he tenido varias proposiciones como la tuya, al final nadie me dice ¿como?

05.10 | 09:53

Buenas tardes, encantado de saludarte. Soy Jose
Quería escribirte porque me ha parecido interesante comentar contigo la posibilidad de que tu negocio aparezca cada mes en periódicos digitales como not

11.09 | 18:36

Hola Alberto. - pues dime como???

11.09 | 16:48

Hola. ¿Cómo estás? Soy Alberto del Departamento de Prensa. Muchas gracias por atenderme.

He pensado que podría interesarte cómo podemos hacer que tu empresa aparezca en más de 50 periódicos digitales

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